Estado de Derecho por encima de la sentencia Parot

"Las normas generales y abstractas que constituyen las leyes [...] son medidas a largo plazo referentes a casos todavía desconocidos. [...] Tales leyes deben referirse a efectos venideros y no tener jamás carácter retroactivo." Friedrich A. Hayek

Este es un requisito de la auténtica ley en el Estado de Derecho. Es precepto universalmente aceptado en casi todos los paises y representa el principio que debe observarse para que los modernos estados de derecho sean efectivos. 

Las personas son juzgadas de acuerdo con leyes conocidas en el momento del juicio. La doctrina Parot ha sido aplicada a personas con sentencia anterior a la doctrina. Eso es lo que el Tribunal de Derechos Humanos ha hecho con la etarra Inés del Río: revocar la sentencia, pero no se carga la doctrina Parot porque está vigente en nuestro ordenamiento penal.

Es duro hablar de esto cuando son los acusados por asesinato los beneficiados por la sentencia, pero ha de prevalecer el principio máximo de que todos somos iguales ante la ley para garantizar la libertad y la igualdad. Si la sociedad quiere mayor pena para determinados delitos, los legisladores -diputados del Congreso- deben abordar leyes que recojan este sentir casi unánime. Es a ellos a quién hemos de dirigir nuestra mirada intimidatoria y exigirles en los escritos, en la calle y en las urnas que siempre es hora para enmendar leyes laxas y permisivas con la delincuencia.

Recomiendo el artículo de José María Ruiz Soroa, de El País, para acercar y comprender mejor la excarcelación de la etarra del Río.


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